03 diciembre 2006

Más sobre "Diálogo para besugos"

Cuando escribimos este artículo, jamás pudimos suponer que llegasen a nuestro correo electrónico tal cantidad de mensajes, que nos es imposible, en la práctica, transcribir y contestar uno a uno. Lo que tienen todos es algo en común: la disconformidad con nuestra forma de analizar las cosas. Por tanto, y aunque nuestro propósito era colgar "El llamado Proceso de Paz (2)", hemos decidido dejarlo para más adelante y, en vez de ello, transcribir una serie de hechos que además de ser necesario que se tengan en cuenta, aclararán la mala interpretación de nuestras palabras por parte de los comunicantes.

Nunca dijimos que seamos pro-ETA, como se nos acusa; en realidad, no somos ni pro-ETA, ni pro-BNG, ni pro-PNV, ni pro-PSOE, ni pro-PP... ni pro-Gobierno. Todo lo que se refiere a entes políticos, sean partidos... estados, naciones, comunidades..., nos repugna. En cuanto a lo que se nos dice acerca de la violencia, debemos aclarar que, igualmente, nos repugna toda clase de violencia indiscriminada... y, como sucede, además, con la del Estado (Ejército, Policía, Guardia Civil, cárceles...) y la de la mayoría de las organizaciones armadas actuales, si la violencia es ramplona.

Pero hablemos de la tan defendida en los correos María San Gil, y a ella añadamos a Enrique Múgica, pese a que nadie lo nombró. Ambos tienen algo en común: "ni perdono ni olvido". Cierto que esta frase no la dijo María San Gil, que sepamos, sino Enrique Múgica. Pero dado que a San Gil le mató ETA a su amigo y jefe Gregorio Ordóñez, y a Múgica, a su hermano Fernando, tanto a uno como a otro les interesa una talionada venganza. Y mientras que el ansia de María San Gil le viene pintiparada a los planes del PP, ¿acaso la de Enrique Múgica es a propósito para sus obligaciones como Defensor del Pueblo, o considera que los etarras no forman parte de éste?

Sobre lo que hablamos de la amnistía, no hace falta más que leer el art. 1º-I de la "Ley 46/1977, de 15 de octubre, de amnistía". Quién quiera leerlo podrá ver que, por el contenido de los puntos a) y b), no se pueden exigir responsabilidades por los actos cometidos antes del 15 de diciembre de 1976 o del 15 de junio de 1977, según los casos, si fueron actos de intencionalidad política y cualquiera que fuese el resultado. Y el punto c) fija la fecha en el 6 de octubre de 1977 siempre que los actos no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas. Es decir, que solo desde hace 30 años como máximo se pueden exigir responsabilidades, no 40 como PSOE, PP, PNV... y la cómplice del PP Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) nos quieren colar.

¿Y nunca los comunicantes pensaron que con los años del franquismo, incluso, el número de víctimas de ETA únicamente supone una gota comparado con el número de víctimas de la Dictadura, para quienes tan infamemente el PSOE busca con homenajes --a los que, por si fuera poco, accede en ocasiones a regañadientes--, en vez de justicia, el olvido?

Ya que hablamos de la Ley de Amnistía, también los que quieran pueden leer los puntos e) y f) del art. 2º, puntos que, al fin y a la postre, son una LEY DE PUNTO FINAL para los asesinos y torturadores del franquismo, cuyo heredero natural es el PP.

(Para comentarios, anarquizante@gmail.com ).